Audiencia de Pruebas en Juicio de Alimentos. Algunas consideraciones personales. 1.18

  • Explicación breve de la AUDIENCIA DE PRUEBAS y
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La audiencia es el día grande.

Al menos en la materia civil y familiar el día de la audiencia es sumamente importante para los litigantes y los abogados, puesto que en la audiencia se irán recibiendo las pruebas y declaraciones de las partes, sus testigos,  peritos y todos los que intervengan; por ello digo que la audiencia es al abogado, cómo La corrida es al Torero o cómo la Premiere es al actor;

Pareciera mentira que con tantos años de litigar, (unos 25 aproximadamente) todavía el día de la audiencia me causa cierto estrés y nerviosidad, en mi caso, en las cátedras que dictado sobre derecho procesal civil y teoría general del proceso, a mis alumnos siempre les he recomendado que la audiencia se debe de preparar con anticipación, ya desde que el Juez dicta el auto que señala la fecha de la audiencia, tenemos certeza del día y hora en que habrá de ocurrir y sabemos qué pruebas se van a recibir, por ende la preparación comenzará al menos desde unos diez días antes, con la redacción del pliego de posiciones el cual como sabemos debe presentarse antes de la fecha de la audiencia sí es el caso que pretendemos obtener una ventaja procesal sí acaso la contraria no comparece. 2.- La segunda prueba que hay que preparar es la testimonial y para ello es importante saber y entender: Qué es lo que pueden aportar los Testigos para dilucidar una verdad formal sobre el pleito de los litigantes.

En mi opinión y esto sólo lo aplicó para mi persona y mi despacho, yo no estoy de acuerdo en inducir a los Testigos a decir mentiras frente al Juez y no estoy de acuerdo porque sé que es un delito, es ilícito y no es ético; pero que además de lo anterior, se con toda seguridad que un BUEN ABOGADO CONTRARIO,  será capaz de desenmascarar a los Testigos falsarios y hacerlos caer en contradicción uno con otro y aún cada uno en su propia declaración.

Que, por cierto, eso es lo que yo hago. Lo he hecho muchas veces con los testigos de la contraria cuando me percato que son falsos, que fueron preparados a mentir y que fueron inducidos a favorecer de manera ilegítima a la parte que los presenta, y la verdad es que, aunque pareciera complicado lo anterior es sumamente sencillo,  tan sólo es cuestión de ir tomando notas en la audiencia de las respuestas que va dando el testigo y al momento de las repreguntas solicitar el testigo que vaya aclarando circunstancias de modo tiempo y lugar en el cual dice que ocurrieron tales o cuáles hechos,  con esas preguntas, de modo tiempo y lugar, el testigo sí no fue presencial de los hechos empezará a dudar,  el Juez lo notará,  el contrario lo notará y podremos en su momento tacharlo y que su testimonio no sea tomado en cuenta.

Siguiente punto que hay que preparar para la audiencia es que para el caso que hubiera periciales y alguna salida del juzgado para realizar una inspección en ambos casos para preparar la audiencia hay que tener claridad de cuáles son los puntos litigiosos sobre los que vamos aclarar y finalmente como parte de la preparación de la audiencia tenemos que tener por escrito algunas cuatro o cinco ideas para desarrollar ALEGATOS en el caso de que fuera necesario, puesto que en muchas ocasiones se desahogan las audiencias rápidamente y sin más le piden al abogado Qué exprese sus alegatos (y el pobre individuo voltea para todos lados A ver quién carajos le pasa un acordeón de lo que tiene que decir frente al secretario, al contrario y su abogado) es una pequeña vergüenza que no hay necesidad de pasarla sí se prepara; con los años los argumentos de un expediente se van puliendo se sabe dónde atacar, se sabe cuál es el centro del debate, se sabe qué decir, se sabe porque la parte contraria se equivocó, se sabe donde confesó y podrías ya no llevar un acordeón por escrito para el caso de alegatos …

Pues bien ya preparadas todas las cosas de nuestra parte ahora hay que preparar al cliente, pedirle que lleve identificación oficial suya y de los Testigos así como copias de la identificación de cada uno, pedirles encarecidamente que por ningún motivo (por su madre) que no vayan a llegar tarde, puesto que podría desencadenar una aplicación de apercibimientos y declararle confesa y echar por tierra el trabajo de lo realizado, por lo tanto es menester citar al cliente al menos media hora antes y cuando de fijo se sabe que el cliente es impuntual entonces citarlo  aún con una hora de anticipación caso igual para los Testigos que en caso de no estar presentes en el momento que inicia la audiencia o qué son llamados serán desechados.

LA EJECUCIÓN DE LA AUDIENCIA:

El día en que se verificará la audiencia, como ya dijimos hay que llegar a tiempo con tu cédula profesional y copia de la misma, con una o dos ideas de cómo podría resolverse el negocio de una manera conciliatoria, sugiero; bien vestidos de acuerdo a su posibilidad económica, bien alimentados y también sugiero llevar algún alimento de fácil consumo para el caso de que la audiencia se alargue por mucho tiempo, por ejemplo una palanqueta o una barra energética inclusive galletas, por sí fuera el caso de que no haya tiempo de salir a comer, puesto que además nunca sabemos cómo se va a poner de necio el otro abogado y su cliente y nosotros tenemos que estar preparados para todo y el hambre no nos va a vencer, ni vamos a desfallecer ni a tener prisa para terminar la audiencia.

Iniciaremos nuestro trabajo de la audiencia avisando al secretario que estamos presentes con nuestros clientes y testigos. Haremos  ver al cliente que pondremos nuestro mejor empeño y que sí se equivoca absorberá su responsabilidad y si no llegan los Testigos igual y si no llega el perito lo mimo, como se sabe; el secretario identificará a las partes, las irás llamando uno por uno, les pedirá sus datos generales nombre y domicilio ocupación grado de estudios, y a los Testigos preguntará si tienen algún interés en el juicio,  mucho cuidado con que el testigo manifieste que sí tiene interés o que tiene ganas de beneficiar a su amistad que lo está presentando ya con eso  inválida todo su testimonio, se le explica al cliente que él tendrá que desahogar la confesional solo, que no se permite estar con abogado y que tú no le puedes decir las respuestas y que él tiene que saber entender qué es lo que le están preguntando. Que por cierto siempre le estarán preguntando en base al escrito inicial de demanda o en base al escrito de contestación de demanda y no pueden salirse de ese texto, entonces para que el cliente entienda bien las preguntas es menester que lea dos o tres veces en lo escrito correspondiente para entender cómo le va a formular la pregunta el abogado.

Siguiente punto, la interrogación de los Testigos; tenemos que tener en claro que el Juez no te va a ayudar, el secretario no te va a ayudar y tú testigo tampoco te va a ayudar.

 Entonces tienes que tener certeza y bien claras las preguntas y tienes que tener opciones para volver a preguntar lo mismo pero formulado de diferente manera cuando la parte contraria tache u objete la pregunta, algo que sugiero es nunca ponerse a discutir con el otro abogado si la pregunta puede o no puede pasar porque no sirve de nada y es pérdida de tiempo, lo que procede es que dictas la pregunta el abogado la tacha y el Juez resuelve. Si no te gusta cómo resolvió el Juez tienes tu derecho de impugnar la resolución dictada en la audiencia, ahora bien tienes el derecho de volver a preguntar la misma pregunta pero formulada de una manera distinta y aquí sí que no hay recetas, porque cada Juez es diferente y cada Juez entiende diferente cómo debe desahogarse la prueba.

Hasta aquí la parte uno, espera la parte do a continuación

MODELO DE AUDIENCIA:

(AUDIENCIA DE PRUEBAS)

 

DESAHOGO DE PRUEBAS Y ALEGATOS

 

En la Ciudad de Villahermosa Capital del Estado de Tabasco República Mexicana siendo las diez horas en punto del día CINCO  DE ENERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, estando en audiencia pública, de conformidad con los artículos 6 y 104 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, el Ciudadano Juez Familiar de Primera Instancia del Primer Distrito Judicial del Centro Tabasco, asistido del Secretario de Acuerdos, con quien actúa y da fe.

 

La Secretaría da cuenta al ciudadano Juez del estado procesal que guardan los autos con tres escritos presentados por la parte actora JUANITA PÉREZ DE PEREZ, recibidos en la oficialía de partes de este Juzgado con fechas dos de Enero los primeros dos y del cinco de enero el tercero, todos del presente año de Dos Mil quince, los que se acuerdan conforme a derecho:

 

PRIMERO: Agréguese a los presentes autos el escrito que se provee, por presentada JUANITA PÉREZ DE PEREZ, con su escrito de cuenta mediante el cual exhibe sobre cerrado que se dice contiene pliego de posiciones.

SEGUNDO: De igual manera se tiene por presentada a  JUANITA PÉREZ DE PEREZ, con el escrito por medio del cual solicita la sustitución de la testigo JUANA PRIMA DE VERDAD, al respecto dígase a la promovente que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 291 y 292 del Código adjetivo del Estado de Tabasco, se autoriza la sustitución de la testigo C. JUANA PRIMA DE VERDAD,  por la C.  JUSTA INOCENCIA PÉREZ DE PÉREZ,  para los efectos legales conducentes señalados en el auto de fecha Ocho de Diciembre del dos mil catorce que admitió la probanza señala.

TERCERO: Con respecto al tercer escrito de JUANITA PÉREZ DE PEREZ de fecha cinco de Enero de dos mil quince, es decirse a la promovente que no ha lugar proveer de conformidad ni a tener por justificada su inasistencia toda vez, que omite agregar el comprobante médico que refiere, de conformidad con el artículo 307 del código adjetivo en cita.

 

Seguidamente se procede al desahogo de la audiencia señalada para este día y hora a la que comparecen el Agente del Ministerio Público adscrito licenciado ___________________, el Representante del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia licenciada __________________ , el abogado patrono de la parte actora licenciado

Don José Estrada Navarro y Abarca y la parte demandada C. JUAN PEREZ NEPOMUCENO  y su Abogado Patrono licenciado JOSÉ VASCONCELOS.

 

Procediéndose a tomar la protesta de cada uno de los comparecientes a quienes se protesta de conducirse con verdad, advertidos de las penas en que incurren los falsos declarantes y los que presentan testigos falsos ante una la judicial de conformidad con los numerales 289 y 291 del Código Penal para el estado de Tabasco, en vigor; que señala: Artículo 289, Al que habiendo otorgado ante la autoridad, protesta de que en sus declaraciones se conducirá con verdad, se conduzca con falsedad, u oculte la verdad al declarar o en cualquier acto ante la autoridad, se le impondrá prisión de seis meses a tres años…” “. . .Articulo 291. Al que presente testigos falsos, o logre que un testigo, perito, intérprete o traductor falte a la verdad al declarar ante la autoridad respectiva, se le impondrá prisión de uno a cuatro años y multa de trescientos a quinientos días multa.

Primeramente al patrono de la parte actora, Licenciado Don José Estrada Navarro y Abarca se identifica con Cédula Profesional Número 010 expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de  Educación Pública, la cual contiene fotografía que coincide con los rasgos físicos de la persona que se tiene a la vista y que en estos momentos devuelvo por ser de su uso personal; y dice ser y llamarse como ha quedado escrito, ser de 55 años de edad, estado civil casado, originario de del Paraíso, Tabasco, con instrucción escolar Profesional, de ocupación: Litigante y con domicilio actual en la calle Mendoza número 15550 en la Colonia Nueva de esta Ciudad.

El demandado C. JUAN PEREZ NEPOMUCENO se identifica con licencia para conducir folio Número 0001 expedida por la Secretaría de Tránsito y Vialidad del Estado de Tabasco Dirección General de Profesiones de la Secretaría de  Educación Pública, la cual contiene fotografía que coincide con los rasgos físicos de la persona que se tiene a la vista y que en estos momentos devuelvo por ser de su uso personal; y dice ser y llamarse como ha quedado escrito, ser de 35 años de edad, estado civil casado, originario de esta Ciudad de Villahermosa, Tabasco, con instrucción escolar Profesional, de ocupación: empleado de Petróleos Mexicanos y con domicilio actual en Calle de la Amargura Pasada No . 100, Col. DE LA TOSTADA, de esta Ciudad.

El abogado patrono de la parte demandada, Licenciado DON JOSÉ VASCONCELOS se identifica con Cédula Profesional Número 020 expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de  Educación Pública, la cual contiene fotografía que coincide con los rasgos físicos de la persona que se tiene a la vista y que en estos momentos devuelvo por ser de su uso personal; y dice ser y llamarse como ha quedado escrito, ser de 65 años de edad, estado civil casado, originario de Pachuca Hidalgo, con instrucción escolar Profesional, de ocupación: Litigante y con domicilio actual en la calle FISCALES FEDERALES número 01 en la Colonia CENTRO de esta Ciudad.

Inmediatamente se procede al desahogo de las pruebas admitidas y preparadas oportunamente en orden primero las de la parte Actora y luego las de la parte demandada.

 

(A.17. JA. PRUEBAS DE LA ACTORA)

DE LA PARTE ACTORA:  

 

CONFESIONAL. A cargo de la parte demandada C. JUAN PEREZ NEPOMUCENO, por lo que con fundamento en el articulo 254 fracción Ill del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco, en vigor, se procede abrir el pliego de posiciones exhibido oportunamente por la oferente, calificándose de legales todas las posiciones del pliego, lo anterior de conformidad con el articulo 253 del Código de Procedimientos Civiles en vigor; se deja constancia que oportunamente el compareciente fue protestado para que se conduzca con verdad acerca de las posiciones que se le formulen, y en este acto, se le apercibe de ser declarado confeso si se negare a contestar en forma categórica o manifestar ignorar los hechos que evidentemente le sean propios o conocidos; por lo que se procede al desahogo de la prueba confesional. Dejándose constancia que el absolvente no es asistido por persona alguna o mandatario judicial.

Posición Uno. Calificada de legal, responde: si.

Posición Dos. Calificada de legal, responde: si.

Posición Tres: Calificada de legal, responde: Si.

Posición Cuatro. Calificada de legal, responde: no.

Posición Cinco. Calificada de legal, responde: no y aclaro que es ella la que tiene mal humor, se desespera y grita.

Posición Seis. Calificada de legal, responde: Si, es cierto. Es mi hijo.

Posición Siete. Calificada de legal, responde: NO. Lo que pasaba es que como el niño era bebe y ella no podía dormir bien andaba de mal humor y gritaba mucho. Yo trataba de calmarla y darle apoyo para que pudiera descansar.

Posición Ocho. Calificada de legal, responde: Si y aclaro que la señora trabaja y que puede aportar dinero a  la economía familiar, por lo que la obligación debe ser compartida entre los dos que formamos el matrimonio.

Posición Nueve. Calificada de legal, responde: No y aclaro que a veces me mandan de comisión de parte del trabajo, pero no tiene nada que ver si peleamos o no peleamos, lógico es que cuando estamos peleados la señora no me dirige la palabra y no puedo avisarle por que me ignora.

Posición Décima. Calificada de legal, responde: No y aclaro, que no es que le deje de dar dinero, sino que ella también tiene ingresos y como ya explique antes, a veces ella me dejaba de hablar y claro está que no me permitía ninguna explicación.

Posición Décimo primera. Calificada de legal, responde: Si, es cierto.

Posición Décimo Segunda. Calificada de legal, responde: Si, es cierto.

Posición Décimo Tercera. Calificada de legal, responde: Si, es cierto.

Posición Décimo Cuarta. Calificada de legal, responde: Si, es cierto, pero el caso es que la señora no ha dejado de trabajar y lo que ella gana lo quiere guardar para si, sin ningún proyecto en común, solo para sus fines sin tomarme en cuenta para nada, es decir que yo no me opongo a que haga las cosas pero me gustaría que las decisiones se tomaran de común acuerdo.

Posición Décimo Quinta. Calificada de legal, responde: No. No es cierto.

Posición Décimo Sexta. Calificada de legal, responde: No, no es cierto.

Posición Décimo Séptima. Calificada de legal, responde: No, no es cierto, es una cantidad mayor, nada mas del puro carro se deben  mas o menos $182,000.00 (CIENTO OCHENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 M.N.). Más lo de las tarjetas, y es que el caso es que la señora se dedica a sacar cosas de las tiendas sin preguntarme, ni tomarme en cuenta, ni hacer un presupuesto, ni nada. Nomás por que se le da la gana va y compra lo que se le antoja. Y no es justo que ahora ella quiera que yo pague las deudas cuando ella también tiene ingresos y que además cuando le reclamaba su proceder me decía que ella para eso trabajaba para darse sus gustos, pero eso mismo le pregunto yo a ella, que si, no va a sostener su palabra y pagar sus gustos como ella dice. Por lo que termina ella dándome la razón de que gastaba sin orden.

Posición Décimo Octava. Calificada de legal, responde: Si, es cierto.

Posición Décimo Novena . Calificada de legal, responde: No, no es cierto, el dinero que yo le daba era para todos los gastos de la casa, no para pagar sus deudas.

Posición Vigésima. Calificada de legal, responde: No, es completamente falso. Es una difamación que me hace mi propia esposa por sus celos infundados y su carácter explosivo y visceral. No tengo ninguna otra mujer.

Posición Vigésimo Primera. Calificada de legal, responde: Si es cierto, fue un acuerdo entre los dos, asumiendo que entre los dos haríamos el pago, ya que sería el automóvil que daría servicio a la familia.

Posición Vigésimo Segunda. Calificada de legal, responde: Es cierto.

Posición Vigésimo Tercera. Calificada de legal, responde: No es cierto, es falso por completo.

Posición Vigésimo Cuarta. Calificada de legal, responde: No es cierto, es falso por completo. Pero si quiero aclarar que ayudo a mi mamá por que ella es una mujer sola.

 

Siendo todas las posiciones, por lo que se procede a solicitar al absolvente que firme el pliego de posiciones que acaba de absolver, acto seguido se procede con el orden de las probanzas admitidas:

DECLARACION DE PARTE, a cargo del Ciudadano JUAN PEREZ NEPOMUCENO, por lo que en este acto el abogado patrono de la parte actora, procede a formular las preguntas al demandado, quien ha sido protestado de concurse con apego a la verdad en la presente diligencia apercibido de las penas en que incurren los falsos declarantes ante la autoridad judicial, probanza que se desahoga de la siguiente manera:

 

Pregunta Uno: Que diga el declarante ¿cual era el nivel de vida que daba a su familia mientras vivieron juntos en el domicilio conyugal?. Calificada de legal, responde: Un nivel medio de acuerdo a mis posibilidades.

Pregunta Dos: Que diga el declarante ¿A que lujos acostumbró a su familia?. Solicita el uso de la voz el abogado de la parte demandada y concedido, manifestó:

Que OBJETO la pregunta formulada, toda vez que la misma no tiene relación con la litis planteada, por que en ninguna parte de la demanda se hablo de lujos, ni de que mi representado proporcionara o no lujos a la señora, por lo que solicito a su Señoría que deseche la pregunta. EL C. JUEZ ACUERDA: Por realizada la manifestación de la parte demandada por conducto de su abogado patrono, al respecto con fundamento en lo dispuesto por el artículo  308 del código de procedimientos civiles del Estado de Tabasco, se desecha la pregunta por no estar relacionada con los puntos litigiosos del presente asunto.

Pregunta Tres: Que diga el declarante ¿Tiene usted otra mujer a quien mantiene económicamente? Solicitando el uso de la voz el abogado de la parte demandada y concedido, manifestó: Que OBJETO la pregunta formulada, toda vez que la misma no es clara ni tampoco tiene relación con la litis planteada, por lo que solicito a su Señoría que deseche la pregunta. EL C. JUEZ ACUERDA: Por realizada la manifestación de la parte demandada por conducto de su abogado patrono, al respecto con fundamento en lo dispuesto por el artículo  308 del código de procedimientos civiles del Estado de Tabasco, se desecha la objeción planteada toda vez, que en el escrito inicial de demanda se señaló el hecho cuestionado. Calificada de legal, responde: No.

Pregunta Cuatro: Que diga el declarante y explique ¿Qué relación tiene usted una mujer que es su compañera de trabajo y de su oficina? Calificada de legal, responde: No tengo ninguna relación con ella, lo único que quiero aclarar para que se entienda bien este lío, es que esta persona en una ocasión que salimos tarde por que había mucho trabajo me dio un aventón a mi casa, y mi esposa, se percató que llegué en el vehículo de ella, pero al entrar a mi casa mi esposa estaba fuera de sí, y comenzó a insultarme, a decirme de cosas, a acusarme de que sí era mi amante, que con razón no alcanzaba el dinero, que me gastaba todo con mi amante y que a ella la tenía oprimida. A todo lo cual, le dije que no era cierto, pero se enfureció, me amenazó con demandarme y me demandó. Y hasta la presente fecha no me ha dado oportunidad de aclarar las cosas, pero en ninguna forma se ha comprobado esa mentira.

 

A continuación procede el desahogo de la testimonial de la parte actora. – – –

TESTIMONIAL. A cargo de las Ciudadanas JUSTA INOCENCIA PÉREZ DE PÉREZ Y EUSTOLIA PRIMA DE VERDAD, quienes están presentes en el local de este tribunal y a quienes en este acto se les apercibe y se les protesta para que se conduzcan con verdad, advertidas de que los que declaran falsamente y los que presentan falso testimonio son sancionados con las penas y medidas establecidas en los artículos 289 y 291 del Código punitivo para el estado de Tabasco, mismos que literalmente señalan: Artículo 289, “Al que habiendo otorgado ante la autoridad, protesta de que en sus declaraciones se conducirá con verdad, se conduzca con falsedad, u oculte la verdad al declarar o en cualquier acto ante la autoridad, se le impondrá prisión de seis meses a tres años”. Articulo 291. “Al que presente testigos falsos, o logre que un testigo, perito, intérprete o traductor falte a la verdad al declarar ante la autoridad respectiva, se le impondrá prisión de uno a cuatro años y multa de trescientos a quinientos días multa”. y bajo formal protesta de decir verdad, la primera mencionada declara: que se identifica con credencial de elector con número de folio 00001, y  por sus generales manifiesta llamarse como ha quedado escrito, ser de treinta y tres años de edad, estado civil: casada, originaria de este municipio de Centro, Tabasco, ocupación: comerciante, domicilio actual en la ranchería General Lázaro Cárdenas vigésima segunda sección, del municipio de Centro, Tabasco, con dieciocho años de residir en ese domicilio.

En cumplimiento de lo ordenado por el artículo 297 del Código procesal vigente, se le interroga en la forma prevista por la fracción V del numeral en cita, que a la letra dice: “Artículo 297. Práctica de la prueba. La prueba testimonial se practicará de acuerdo con las reglas siguientes: Fracción V.: A todo testigo se le preguntará su nombre, edad, estado civil, domicilio y ocupación, si es pariente por consanguinidad o afinidad de alguno de los litigantes y en qué grado; si es dependiente o empleado del que lo presenta, o tienen con él sociedad o alguna otra relación de intereses; si tiene interés directo o indirecto en el pleito y si es amigo íntimo o enemigo de alguno de los litigantes…” Respondiendo: que su hermana de ella esta casada con el demandado; no ser dependiente ni empleada de la parte oferente, no tener ninguna sociedad o relación de interés con la parte que ofrece la probanza, no tener ningún interés directo o indirecto en este juicio, no ser amiga íntima, ni enemiga de las partes.

En el acto se procede a retirar a la  testigo antes mencionada  y se llama a la segunda testigo de nombre EUSTOLIA PRIMA DE VERDAD, quien se identifica con credencial para votar con folio No.  0000000000066 y bajo protesta de decir verdad, declara: llamarse como ha quedado escrito, ser de sesenta y cinco años de edad, estado civil: viuda, originaria de México, Distrito Federal, ocupación: ama de casa, con domicilio actual en Calle 1, casa 2, Fraccionamiento 1, Col. NÚMEROS, de esta ciudad, municipio de Centro, Tabasco, con veinte años de residir en ese domicilio. En cumplimiento de lo ordenado por el artículo 297 del Código procedimental del  Estado, se formula el interrogatorio previsto en la fracción V del citado numeral, que a la letra dice: “Artículo 297. Práctica de la prueba. La prueba testimonial se practicará de acuerdo con las reglas siguientes: Fracción V.: A todo testigo se le preguntará su nombre, edad, estado civil, domicilio y ocupación, si es pariente por consanguinidad o afinidad de alguno de los litigantes y en qué grado; si es dependiente o empleado del que lo presenta, o tienen con él sociedad o alguna otra relación de intereses; si tiene interés directo o indirecto en el pleito y si es amigo íntimo o enemigo de alguno de los litigantes…” Respondiendo: que no es pariente de su presentante, no ser dependiente ni empleada de la parte oferente, no tener ninguna sociedad o relación de interés con la parte que ofrece la probanza, no tener ningún interés directo o indirecto en este juicio, no ser amiga íntima, ni enemiga de las partes.

Se procede a recibir el primer testimonio a cargo de la Testigo JUSTA INOCENCIA PÉREZ DE PÉREZ y se retira a la otra testigo para recibir en forma sucesiva  y separadamente cada uno de los testimonios. Quienes serán interrogadas de manera verbal y directa por la parte que ofreció la probanza, con el siguiente resultado:

Pregunta Uno. Que diga la testigo si conoce a las partes en el presente juicio, LA TESTIGO RESPONDE: Si, si los conozco, a Juanita desde niñas, pues es mi hermana y al Señor JUAN PEREZ NEPOMUCENO, desde que se casó con JUANITA.

Pregunta Dos. Que diga la testigo si sabe que hayan procreados hijos de ese matrimonio: si, tienen un hijo, se llama Juanito Pérez Pérez y cuenta con la edad de 10 años.

Pregunta Tres. Que diga la testigo si sabe que nivel de vida les daba el señor JUAN PEREZ NEPOMUCENO en cuanto a lo económico a su esposa y su hijo antes mencionados, el testigo responde: Ellos tenían un buen nivel de vida, no tenían carencias económicas en su casa, tenían lo necesario para comer y el señor también se hacia cargo de pagar la escuela de mi sobrino Juanito.

Pregunta Cuatro. Que diga la testigo sabe Si tenían algunos lujos a que el señor JUAN PEREZ NEPOMUCENO hubiera acostumbrado a su hijo y a su esposa: si los Llevaba de vacaciones y les hacía su fiesta cuando era su cumpleaños.

Pregunta Cinco: Que diga la testigo sabe que el demandado señor JUAN PEREZ NEPOMUCENO haya fallado con el pago de alimentos a su esposa: Resulta que mi cuñado antes era muy cumplido y de un tiempo para acá mi hermana me platica que el señor se ha puesto desobligado por que anda saliendo con una persona de su oficina, que es una muchacha mas joven y que seguramente se gasta el dinero con ella.

Pregunta Seis: Que diga la testigo la razón de su dicho. Por que tengo cercanía con mi hermana y la voy a visitar y me visita y pues me consta sus condiciones por que como dije voy a su casa y veo como vive.

En este momento el abogado patrono del demandado el C. Licenciado en Derecho  JOSÉ VASCONCELOS pide el uso de la voz para repreguntar al Testigo, de la siguiente manera:

Primer Repregunta: Con relación a la quinta directa, QUE DIGA LA TESTIGO, a que persona se refiere en su respuesta, especificando su nombre y apellidos. CALIFICADA DE LEGAL, RESPONDE: Yo no la conozco, ni la he visto nunca, por eso no se su nombre.

Segunda Repregunta: Con relación a la tercera directa, QUE DIGA LA TESTIGO, si actualmente la actora señora JUANITA PEREZ DE PEREZ se encuentra pasando una situación de carencia económica para sus alimentos y los de su hijo: CALIFICADA DE LEGAL, RESPONDE: No, que yo sepa, no le hace falta para comer.

 

Manifestando el Licenciado JOSÉ VASCONCELOS que son todas las repreguntas, acto seguido se deja constancia de que se retira al testigo que declaró sin permitir la comunicación con el segundo testigo EUSTOLIA PRIMA DE VERDAD, a quien se llama para que proceda a rendir su testimonio, de la siguiente manera:

 

Pregunta Uno. Que diga la testigo si conoce a las partes en el presente juicio, LA TESTIGO RESPONDE: Si, si los conozco el Señor es JUAN PEREZ NEPOMUCENO, y su Esposa es JUANITA PEREZ DE PEREZ. Soy vecina de su hermana y por eso los conozco.

Pregunta Dos. Que diga la testigo si sabe que hayan procreados hijos de ese matrimonio: si, tienen uno Juanito Pérez Pérez que tiene 10 años.

Pregunta Tres. Que diga la testigo si sabe que nivel de vida les daba el señor JUAN PEREZ NEPOMUCENO en cuanto a lo económico a su esposa y su hijo antes mencionados, el testigo responde: Lo que yo he visto y me han platicado es que viven bien, con buen nivel.

Pregunta Cuatro. Que diga la testigo sabe Si tenían algunos lujos a que el señor JUAN PEREZ NEPOMUCENO hubiera acostumbrado a su hijo y a su esposa: Solo se que el niño va en escuela de paga y que tiene su coche su mamá. No se si esos sean lujos o es lo normal.

Pregunta Cinco: Que diga la testigo sabe que el demandado señor JUAN PEREZ NEPOMUCENO haya fallado con el pago de alimentos a su esposa: No tengo esas noticias, nada mas se que el señor andaba de picos pardos con una muchacha joven de su trabajo.

Pregunta Seis: Que diga la testigo la razón de su dicho. Por que tengo su hermana de Juanita es mi vecina y pues cuando va de visita Juanita me invitan a tomar café y platicamos cosas de la vida.

 

En este momento el abogado patrono del demandado el C. Licenciado en Derecho  JOSÉ VASCONCELOS pide el uso de la voz para repreguntar al Testigo, de la siguiente manera:

Primer Repregunta: Con relación a la quinta directa, QUE DIGA LA TESTIGO, a que persona se refiere en su respuesta. CALIFICADA DE LEGAL, RESPONDE: No pues no se como se llame ni quien sea, nada mas que es una muchacha joven de su trabajo que lo anda embaucando y que lo pasea en su coche de ella.

Manifiesta el Licenciado JOSÉ VASCONCELOS que son todas las repreguntas que quiere formular y que no desea hacer mas repreguntas.

 

Procede el desahogo de las demás pruebas admitidas consistentes en las DOCUMENTALES PÚBLICAS Y PRIVADAS que fueron exhibidas con el escrito inicial de demanda, mismas que por se tienen por desahogadas, dada su propia y especial naturaleza y serán valoradas jurídicamente al momento de sentenciarse este procedimiento, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 245 del Código de Procedimientos Civiles Vigente en el Estado.

Igualmente en cuanto a las probanzas LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, LA PRESUNCIONAL  EN su aspecto LEGAL Y HUMANO se tienen por desahogadas, dada su propia y especial naturaleza y serán valoradas jurídicamente al momento de sentenciarse este procedimiento, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 245 del Código de Procedimientos Civiles Vigente en el Estado.

 

(A.18. JA. PRUEBAS DE LA DEMANDADA)

DE LA PARTE DEMANDADA:  

Se procede entonces al desahogo de las pruebas admitidas a la parte demandada y se desahogan por su propia naturaleza las DOCUMENTALES que exhibió con su escrito de contestación de demanda, acto continuo se desahoga  la CONFESIONAL. 

 

CONFESIONAL. A cargo de la parte actora C. JUANITA PEREZ DE PEREZ, haciéndose constar que no se exhibió sobre ni promoción alguna que contuviera las posiciones que habría de absolver la actora señalada, por lo que con fundamento en lo dispuesto por el numeral 252 del Código de proceder vigente en el Estado, se declara desierta dicha probanza.

 

DECLARACIÓN DE PARTE.  Toda vez que no se presentó la parte actora a cargo de quien corre esta prueba, la misma se declara desierta de conformidad con lo establecido en el artículo 259 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco

 

A continuación procede el desahogo de la testimonial de la parte demandada. TESTIMONIAL. A cargo de los Ciudadanos CHENCHO PÉREZ  y CLAUDIA N, VIUDA DE LOPEZ DE SANTANA, a quienes se llama en el local de este Juzgado y no estando presentes en el local de este tribunal, se declara desierta la probanza señalada.

 

Procede el desahogo de las demás pruebas admitidas consistentes en las DOCUMENTALES PÚBLICAS Y PRIVADAS que fueron exhibidas con el escrito de contestación de demanda, mismas que por se tienen por desahogadas, dada su propia y especial naturaleza y serán valoradas jurídicamente al momento de sentenciarse este procedimiento, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 245 del Código de Procedimientos Civiles Vigente en el Estado.

 

Igualmente en cuanto a las probanzas LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, LA PRESUNCIONAL  EN su aspecto LEGAL Y HUMANO se tienen por desahogadas, dada su propia y especial naturaleza y serán valoradas jurídicamente al momento de sentenciarse este procedimiento, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 245 del Código de Procedimientos Civiles Vigente en el Estado.

 

Tomando en consideración que quedan pruebas pendientes consistentes en informes, no se procede a abrir la etapa de alegatos, con lo que se da por terminada la audiencia de cuenta, leída que fue en términos del artículo 105 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, quedaron enterados los comparecientes de su contenido firmando por su intervención ante el Juez ______________ y el Secretario de Acuerdos Lic. __________ que certifica y da fe.

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Saludos.

Lic. Fidel Estrada Palma. 

fidelep@hotmail.com

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horas y horas de trabajo con aciertos y descalabros. Son escritos cargados de pasión por el triunfo y por la justicia.

No es un objeto que se vende, sino una experiencia de vida que se comparte como licencia exclusiva de uso.

Acentos suprimidos intencionalmente,

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CONTIENE LOS SIGUIENTES FORMATOS EN ARCHIVOS DE WORD:

DEMANDAS DE DERECHO CIVIL

El paquete incluye los siguientes formatos:

– Demanda de Desahucio.

– Demanda de pago de Daños y perjuicio.

– Demanda de arrendamiento cumplimiento contrato de arrendamiento, devolución   fianza.

– Demanda de Pago de Pesos.

– Demanda de rescisión de contrato.

– Demanda Reivindicatoria.

– Demanda Responsabilidad civil contractual, daños y perjuicios.

– Demanda Especial Hipotecario.

-Demanda de Revocación de Donación.

– Demanda de donación revocación por inoficiosa.

– Medios preparatorios a Juicio de posesión Reivindicatoria.

 

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DERECHO MERCANTIL

 

El paquete incluye los siguientes formatos:

DEMANDAS Y ESCRITO INICIALES: 12 Escritos de Demanda y/o Contestación mas 11 escritos de tramites.

2 Demandas de juicio Ejecutivo Mercantil.

1 Demanda más de Juicio Ejecutivo Mercantil en moneda extranjera.

2 CONTESTACIONES DE DEMANDA tipo, Ejecutiva Mercantil.

1 Medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil con vales o documentos, incluye el pliego de posiciones que deberán formularse al deudor.

1 Medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil para el caso de que no existe ningún tipo de documento.

2 Demandas de juicio ordinario mercantil

1 Contestación de Demanda de Juicio Ordinario Mercantil,

1 Amparo directo contra sentencia definitiva.

__________________

ESCRITOS DE TRÁMITE

1 Escrito que solicita se abra el juicio a prueba.

1 Escrito de ofrecimiento de pruebas, juicio ordinario mercantil.

1 Escrito por el cual se ofrece prueba pericial.

1 Escrito de recurso de revocación, de auto dictado por el Juez, que no es apelable.

1 recurso de apelación sentencia definitiva.

6 Escritos varios de trámites en juzgado:

-Solicitando se dicte la Sentencia Definitiva que corresponda,

-Desahogo de vista de peritaje de la contraria,

-Solicitud de apertura de la etapa de Alegatos para el caso de que de oficio no se hubiera decretado,

-Manifestación  de conformidad con la Sentencia Dictada,

-Solicitud de exhorto cuando deba realizarse el emplazamiento en otra ciudad de distinto partido judicial,

-Exhibición de Sobre que contiene pliego de posiciones,

-Petición de copias certificadas urgentes,

 

 

Lo anterior es tal y como lo consultaste en nuestra Página:  Formatos Legales Profesionales

 

COMO BONO ADICIONAL COMPLETAMENTE LIBRE DE COSTO, RECIBIRÁS

UN FORMATO DE MODELO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA CASA HABITACIÓN PARA EL DISTRITO FEDERAL.

 

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DERECHO FAMILIAR

 

El paquete incluye los siguientes formatos:

 

Tipo de Formulario

 

  1. CONTESTACIÓN de Demanda de Divorcio

 

PENSIÓN ALIMENTICIA

  1. Demanda de Pensión Alimenticia para esposa que trabaja y tiene ingresos propios insuficientes.
  2. Demanda de Pensión Alimenticia Para Concubina que trabaja y tiene ingresos propios.
  3. Pensión Alimenticia. específica para esposas o concubinas de demandados que laboran en PEMEX.
  4. CONTESTACIÓN de Demanda de Alimentos.
  5. Incidente de Disminución de pensión Alimenticia

7.Contestación de Incidente de Disminución de Pensión Alimenticia.

 

CONTROVERSIAS VARIAS:

  1. Escrito de Separación de Persona y Depósito de Menor.
  2. Demanda de Controversia Familiar para solicitar RÉGIMEN DE VISITAS a los hijos.
  3. Demanda de PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD y Guarda y Custodia
  4. Demanda de GUARDA Y CUSTODIA.
  5. Demanda de Reconocimiento de Paternidad.

 

SUCESIONES

  1. Denuncia de Intestado .(Sucesión INtestamentaria)
  2. Denuncia de Sucesión TESTAMENTARIA.

14.1.- Escrito modelo de Segunda Sección.

14.2.- Escrito modelo de Tercera Sección.

14.3.- Escrito modelo de Cuarta Sección de adjudicación.

 

COMO BONO ADICIONAL: 9 ESCRITOS PROCESALES DE LOS TRÁMITES MÁS COMUNES:

  1. Demanda de Amparo Indirecto en Materia Familiar en contra de auto.
  2. A.- Escrito de Ofrecimiento de Pruebas en Juicio Ordinario Civil de Divorcio Necesario.
  3. B.-Formato legal de Pliego de Posiciones.
  4. C.- Escrito solicitando devolución de Actas de nacimiento y otro documentos originales exhibidos.
  5. D.-Escrito solicitando copias certificadas.
  6. E.-Escrito Desahogando vista.
  7. F.-Escrito de trámite.
  8. G.-Recurso de apelación.
  9. H.-Escrito de Ejecutoria.

 

Lo anterior es tal y como lo consultaste en nuestra Página.

 

COMO BONO ADICIONAL COMPLETAMENTE LIBRE DE COSTO, RECIBIRÁS LOS SIGUIENTES FORMATOS:

 

-CINCO FORMATOS DE CARTA PODER: (CARTA PODER SIMPLE, Otro Modelo de Carta Poder Simple,

CARTA PODER PARA CONDUSEF, Carta Poder para representar TRABAJADOR en Demanda Laboral,

Carta Poder para EMPRESA  en Demanda Laboral)

-CARTA PODER PARA MANDATO JUDICIAL.

-UN MODELO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA CASA HABITACIÓN PARA EL DISTRITO FEDERAL

-UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES. (BÁSICO).

-FORMATO DE PAGARÉS.

-FORMATO DE RECIBO DE DINERO.

 

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PRACTICA DEL JUICIO DE ALIMENTOS

 

Nuestra Biblioteca Jurídica Virtual  ya esta disponible la Segunda Parte del Juicio de Alimentos, bajo el título “Práctica del Juicio de Alimentos”, consistente en la adaptación a formatos de un juicio real de alimentos*, tal y como se lleva el expediente en un Juzgado.

 

Así que de manera didáctica podrá consultar cada uno de los pasos del juicio de alimentos, obteniendo una idea clara de lo que se debe hacer en un Juicio de alimentos, tanto para la parte actora como para la parte demandada. Situaciones reales y concretas que se pueden presentar en las AUDIENCIAS DE PRUEBAS.

 

La manera de obtener el Archivo correspondiente es suscribiéndote a nuestra Biblioteca Jurídica Virtual o a nuestra escuela de litigantes**.

 

 

PRIMERA ENTREGA:

  1. Demanda de Pensión Alimenticia.
  2. Auto de Inicio que da entrada a los Alimentos.
  3. Formato del Oficio que se envía al patrón del demandado
  4. EMPLAZAMIENTO. Modelo de diligencia de emplazamiento.
  5. Contestación de Demanda.
  6. Auto que Tiene por contestada la demanda y da vista a la parte Actora de las

excepciones de la parte demandada.

  1. Contestación de la vista
  2. Auto que recae a la contestación de la vista y tiene por ofrecidas las pruebas de las partes. Señala fecha de desahogo de la audiencia de pruebas
  3. Escrito por el cual se pueden ofrecer pruebas supervenientes de gastos realizados.
  4. Escritos de preparación para la Audiencia de Pruebas:

11-Escrito para ofrecer Pliego de Posiciones para la confesional de la demandada.

12-Pliego de posiciones.

13-Sustitución de Testigos. Modelo de escrito para cambiar uno de los testigos ofrecidos.

14-Escrito para justificar la inasistencia por enfermedad de alguna de las partes.

15-Modelo de DESAHOGO DE LA AUDIENCIA DE PRUEBAS en juicio de Alimentos. Acuerdos previos.

16-Identificación y PROTESTA de las personas que tendrán intervención en la audiencia.

17-Desahogo de Pruebas de la parte actora, confesional, declaración de parte, Testimoniales.

18-Desahogo de Pruebas de la parte Demandada,

19-Modelo de oficio que pide Informe ofrecido como prueba por alguna de las partes.

20-Contestación de oficio que pide Informe ofrecido como prueba por alguna de las partes.

 

 

* Se representa mediante personajes ficticios, pero en una secuencia real y auténtica de cómo

 

** Blog de internet de nuestra firma,(www.escueladelitigantes.com) donde de manera muy detallada se pretende instrumentar un curso en línea para dar los primeros pasos en el litigio en materia Familiar.      Si no desea recibir mas correo de nosotros, favor de devolver el presente indicando “baja” en el asunto.

*** Algunos acentos se han suprimido intencionalmente.

P.d. : Para el litigio profesional, formatos profesionales. (elist)

También proporcionamos «Coaching Legal» servicio de Asesorar, acompañar, instruir y entrenar con el objetivo de desarrollar habilidades  para litigar».

**Sí requieres una muestra de como se desahogan las probanzas en el juicio, puedes verlo en la obra de mi autoría:

“PRÁCTICA DEL JUICIO DE ALIMENTOS”

 Nuestra Biblioteca Jurídica Virtual ya esta disponible la Segunda Parte del Juicio de Alimentos, bajo el título “Práctica del Juicio de Alimentos”, consistente en la adaptación a formatos de un juicio real de alimentos*, tal y como se lleva el expediente en un Juzgado.

 Así que de manera didáctica podrá consultar cada uno de los pasos del juicio de alimentos, obteniendo una idea clara de lo que se debe hacer en un Juicio de alimentos, tanto para la parte actora como para la parte demandada. Situaciones reales y concretas que se pueden presentar en las AUDIENCIAS DE PRUEBAS.

 La manera de obtener el Archivo correspondiente es suscribiéndote a nuestra Biblioteca Jurídica Virtual o a nuestra escuela de litigantes**.

PRIMERA ENTREGA:

1. Demanda de Pensión Alimenticia.

2. Auto de Inicio que da entrada a los Alimentos.

3. Formato del Oficio que se envía al patrón del demandado

4. EMPLAZAMIENTO. Modelo de diligencia de emplazamiento.

5. Contestación de Demanda.

6. Auto que Tiene por contestada la demanda y da vista a la parte Actora de las

excepciones de la parte demandada.

7. Contestación de la vista

8. Auto que recae a la contestación de la vista y tiene por ofrecidas las pruebas de las partes. Señala fecha de desahogo de la audiencia de pruebas

9. Escrito por el cual se pueden ofrecer pruebas supervenientes de gastos realizados.

10. Escritos de preparación para la Audiencia de Pruebas:

11-Escrito para ofrecer Pliego de Posiciones para la confesional de la demandada.

12-Pliego de posiciones.

13-Sustitución de Testigos. Modelo de escrito para cambiar uno de los testigos ofrecidos.

14-Escrito para justificar la inasistencia por enfermedad de alguna de las partes.

15-Modelo de DESAHOGO DE LA AUDIENCIA DE PRUEBAS en juicio de Alimentos. Acuerdos previos.

16-Identificación y PROTESTA de las personas que tendrán intervención en la audiencia.

17-Desahogo de Pruebas de la parte actora, confesional, declaración de parte, Testimoniales.

18-Desahogo de Pruebas de la parte Demandada,

19-Modelo de oficio que pide Informe ofrecido como prueba por alguna de las partes.

20-Contestación de oficio que pide Informe ofrecido como prueba por alguna de las partes.

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El Procedimiento para obtenerlo es enviarnos un correo solicitando la cuenta para depósito y tus bonos gratuitos.

Puedes pedir informes al correo fidelep@hotmail.com

-Al despacho al teléfono (01) 99 33 15 59 94,

-Al WhatsApp   99 32 11 87 67

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Para adquirirlos solicita el número de cuenta BBVA BANCOMER y deposita en el OXXO, Tiendas Chedrahui o Wall Mart y manda un WhatsApp al 9932118767 o un correo a fidelep@hotmail.com

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Atte.
Lic. Fidel Estrada Palma.

Tienes alguna duda, mánda WhatsApp   99 32 11 87 67

(se contesta en orden) o háblame al despacho 99 33 15 59 94.

Y Confirmado que sea el depósito te enviaré a tu correo los

formatos solicitados,

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