Juicio de Pensión Alimenticia. Pruebas ideales. 1.13

Vocabulario Técnico:

-Hecho negativo y/o Actos Negativos.

Normalmente cuando redactamos una demanda de pensión a llegar al capítulo de pruebas ocurre que mentalmente ya estamos cansados y que además como hemos venido desarrollando y escribiendo hechos estamos muy conscientes de que nuestro cliente tiene la razón. Por ende es posible que al llegar al desarrollo de las pruebas se baje la guardia o que se pierda claridad respecto de cuáles son las pruebas ideales para acreditar el extremo de la acción.

sigue:

Entonces la idea de este artículo es reflexionar sobre cuáles pruebas pueden ser ideales en un juicio de pensión alimenticia  y eso dependerá de entender la materia de la prueba o ¿qué es lo que estamos tratando de probar? (mecánica de las pruebas); vamos por partes en principio la obligación de dar alimentos en los casos de matrimonio y paternidad se desprende de las actas correspondientes, con ese solo documento es suficiente para acreditar el derecho. En dicho caso no es necesario presentar testigos para acreditar la relación o acreditar los hijos, y desde mi muy particular punto de vista los testigos en un caso así más que ayudar son un obstáculo a la celeridad del proceso y pueden perjudicar el caso declarando mal o equivocadamente. 

Caso contrario es el del concubinato en el cual no hay hijos  y en donde la concubina o el concubino carece de una prueba documental firme para acreditar su relación y su derecho a deducir de alimentos;  en ese caso entonces demostrar el concubinato se vuelve imprescindible hacerlo por medio de Testigos, ya que los mismos dirán:

  • Desde cuando conocen a las partes,
  • Dónde viven las partes
  • dirán si acaso son vecinos de las partes y
  • qué clase de relación se da entre ellos

Aquí me gustaría hacer un paréntesis porque en una ocasión me preguntaba un señor que sí él tenía una novia y esa novia pernoctaba en su casa dos o tres días a la semana,  él me preguntaba sí eso se consideraba concubinato y sí de dicha relación podría surgir la obligación de dar alimentos. Mi respuesta fue muy simple, le dije:  si tú la presentas como tu mujer o tu esposa o tu señora entonces me parece que la relación puede presumirse de concubinato y que públicamente te estás ostentando como concubino y por ende existe obligación de dar alimentos,  en cambio  sí la presentas como tu novia, no surge la obligación.

          Entonces retomando la idea, nos damos cuenta qué los testigos  servirán para acreditar circunstancias que no tengamos otra forma de acreditar y sugiero tener cuidado de no caer en el error de creer que los testigos pueden declarar sobre ACTOS NEGATIVOS  como el impago de la pensión (falta de pago). Y aclaro: no puede darse valor a los testigos que digan que les consta “que tal persona no paga la pensión”  porque es un acto negativo (algo inexistente) un acto negativo es aquel que no ha ocurrido, es decir es algo que nunca ha pasado, de tal manera que la lógica más simple nos hace entender que no se puede demostrar que no ha pasado algo y que venga alguien a decir que no ha pasado lo que es inexistente sobre todo porque el testigo no vive con la parte que lo presenta pegado como siamés para que pueda decir que le consta que no le ha pagado alimentos. (espero no sea confuso)

Entonces la testimonial para ese efecto no vale la pena, ni hacer perder el tiempo al tribunal, a los testigos y a las partes.

Bueno entonces para ir concluyendo se señalan otros puntos importantes para acreditar en el juicio de alimentos son el monto semanal catorcenal o mensual de los gastos de la actora y sus menores hijos y como estos pueden ser acreditados en principio con las compras y los comprobantes, recibos, tickets que te dan en los comercios o los estados de cuenta con tarjeta. Lo ideal es con facturas con RFC y a nombre de la acreedora alimentaria. El mismo caso se aplica para las cosas médicas, medicinas, curaciones, consultas e igualmente para las cuestiones de la escuela y cuestiones de sana diversión.

Todo ello son en esencia hechos que pueden ser acreditados por medio de documentales, ahora bien existen por ejemplo algunos gastos o conceptos qué a veces no están pagados o no se pueden pagar por falta de recursos y que sin embargo resultan necesarios para los menores, digamos por ejemplo una computadora e impresora necesarias para hacer tareas de la escuela, entonces para acreditar ese gasto que no se ha realizado lo que se sugiere es presentar un presupuesto, es decir ir a alguna tienda y que en un documento expidan el valor del bien a adquirir y ese mismo se presenta al Juez, de tal forma que no es imperativo demostrar que se hizo el gasto, sino demostrar que se requiere y el valor del mismo.

Otra prueba que sugiero para acreditar el nivel de vida es el TRABAJO SOCIAL que generalmente se puede hacer por conducto del DIF.

Entonces hay que estar bien conscientes cuáles son los puntos que se quieren acreditar , por que la actora esta obligada a demostrar sus afirmaciones, y por ejemplo si estamos acusando en la demanda que “hay deterioros de la casa habitación, que la losa se está cayendo  y que no hay puertas” esto se puede demostrar presentando fotografías y para perfeccionarla sin lugar a dudas puede presentarse solicitarse una inspección judicial a la casa de qué se trata. Por lo cual se me acaba de ocurrir una idea de hacer una tabla en la cual pondremos las pruebas cada prueba y del otro lado qué hecho sirve más o menos para acreditar aparte entendiendo que no existe una limitación en los códigos para aceptar pruebas es decir se pueden ofrecer todas las pruebas que existan o que puedan existir siempre y cuando no sean contrarias al derecho y la moral y las buenas costumbres al menos así decía antes el código.

Saludos.

Lic. Fidel Estrada Palma. 

fidelep@hotmail.com 

**Sí requieres una muestra de como se desahogan las probanzas en el juicio, puedes verlo en la obra de mi autoría:

“PRÁCTICA DEL JUICIO DE ALIMENTOS”

 

Nuestra Biblioteca Jurídica Virtual ya esta disponible la Segunda Parte del Juicio de Alimentos, bajo el título “Práctica del Juicio de Alimentos”, consistente en la adaptación a formatos de un juicio real de alimentos*, tal y como se lleva el expediente en un Juzgado.

 Así que de manera didáctica podrá consultar cada uno de los pasos del juicio de alimentos, obteniendo una idea clara de lo que se debe hacer en un Juicio de alimentos, tanto para la parte actora como para la parte demandada. Situaciones reales y concretas que se pueden presentar en las AUDIENCIAS DE PRUEBAS.

 La manera de obtener el Archivo correspondiente es suscribiéndote a nuestra Biblioteca Jurídica Virtual o a nuestra escuela de litigantes**.

PRIMERA ENTREGA:

1. Demanda de Pensión Alimenticia.

2. Auto de Inicio que da entrada a los Alimentos.

3. Formato del Oficio que se envía al patrón del demandado

4. EMPLAZAMIENTO. Modelo de diligencia de emplazamiento.

5. Contestación de Demanda.

6. Auto que Tiene por contestada la demanda y da vista a la parte Actora de las

excepciones de la parte demandada.

7. Contestación de la vista

8. Auto que recae a la contestación de la vista y tiene por ofrecidas las pruebas de las partes. Señala fecha de desahogo de la audiencia de pruebas

9. Escrito por el cual se pueden ofrecer pruebas supervenientes de gastos realizados.

10. Escritos de preparación para la Audiencia de Pruebas:

11-Escrito para ofrecer Pliego de Posiciones para la confesional de la demandada.

12-Pliego de posiciones.

13-Sustitución de Testigos. Modelo de escrito para cambiar uno de los testigos ofrecidos.

14-Escrito para justificar la inasistencia por enfermedad de alguna de las partes.

15-Modelo de DESAHOGO DE LA AUDIENCIA DE PRUEBAS en juicio de Alimentos. Acuerdos previos.

16-Identificación y PROTESTA de las personas que tendrán intervención en la audiencia.

17-Desahogo de Pruebas de la parte actora, confesional, declaración de parte, Testimoniales.

18-Desahogo de Pruebas de la parte Demandada,

19-Modelo de oficio que pide Informe ofrecido como prueba por alguna de las partes.

20-Contestación de oficio que pide Informe ofrecido como prueba por alguna de las partes.

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El Procedimiento para obtenerlo es enviarnos un correo solicitando la cuenta para depósito y tus bonos gratuitos.

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CARTA PODER PARA CONDUSEF, Carta Poder para representar TRABAJADOR en Demanda Laboral,
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Atte.
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